La Justicia ordenó prohibir el reparto en bicicleta en al Ciudad
La medida afecta a las aplicaciones móviles de delivery como Pedidos Ya, Glovo y Rappi hasta que no se adecuen a las normas vigentes. Además, ordenaron compensar a los repartidores hasta que se normalice la situación.
El titular del juzgado N° 2 en lo Contencioso Administrativo y Tributario, Andrés Gallardo, ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires que prohíba la actividad de las empresas de delivery, como las firmas Rappi Arg. S.A.S., Kadabra S.A.S. (Glovo) y Pedidos Ya S.A, hasta tanto no se adecuen a las normas legales vigentes.
"Como surge del relevamiento efectuado por la Policía de la Ciudad, el servicio de mensajería urbana y reparto a domicilio de sustancias a domicilio llevado a cabo en la CABA por las firmas prestatarias, se realiza en franca transgresión a la normativa vigente, apuntó el magistrado.
De esta manera, se les exige que acrediten haber dado cumplimiento a los mínimos requisitos legales comprendidos en "los artículos 13.3.5., 13.3.6., 13.4.2.2., 13.6.1. del Código de Tránsito y Transporte, y 13.4.2.2. del Decreto Reglamentario 198/18, según señaló Gallardo.
"Es necesario aplicar las medidas coercitivas necesarias para lograr que se dé cumplimiento estricto y sin demora a las disposiciones contenidas en el Código y en su decreto reglamentario, al menos en lo atinente a utilización de casco, de luces reglamentarias, y en caso de llevar caja portaobjetos, que la misma se encuentre asegurada al vehículo, así como existencia de seguro y de libreta sanitaria en caso de transporte de sustancias alimenticias (artículos), advirtió.
Asimismo, ordenó que diseñen y ejecuten un plan de contingencia económica y social para todos los repartidores de las firmas involucradas, a quienes describió como "un colectivo que ya padece situación de vulnerabilidad e informalidad", que compense la reducción de sus ingresos hasta tanto se normalice la situación, a través del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat.